En este momento, junio de 2001, el Gobierno de España tiene abierto
un procedimiento de regularización para todos los trabajadores extranjeros
que se hayan empadronado antes de 31 de mayo en cualquier municipio
español.
1. Si has presentado tu oferta de trabajo en la
Delegación del Gobierno durante los meses de marzo, abril y mayo y, por
lo tanto, la solicitud está en trámite, debes presentar en la Delegación
de Gobierno la siguiente documentación:
- Certificado de empadronamiento.
Este documento acredita tu lugar de residencia. Recuerda que, aunque tu estancia
en España todavía no esté regularizada, tienes derecho a
empadronarte. Gracias a este certificado podrás disfrutar de asistencia
sanitaria en las mismas condiciones que cualquier español.
- Certificado
de antecedentes penales.
- Cerificado médico.
2. Si ya tienes
aprobada tu oferta de trabajo debes presentar la documentación antes descrita
(empadronamiento, antecedentes penales y certificado médico) en la Delegación
del Gobierno.
3.
Si nunca has presentado tu oferta de trabajo deberás hacerlo en la Delegación
de Trabajo y, además, presentar la documentación que se describe en los casos
anteriores en la Delegación del Gobierno. Aunque ya ha prescrito el plazo
para solicitar el empadronamiento, éste debe realizarse en el ayuntamiento
de la localidad correspondiente o en las oficinas situadas en la calle Domingo
Miral. Debes llevar el DNI o el pasaporte y un documento que acredite tu lugar
de residencia (escrituras del piso, recibo del alquilier...). Visita la página
web del Ayuntamiento
de Zaragoza si quieres más información.
A continuación
te ofrecemos las direcciones de las Delegaciones de Gobierno y Trabajo
de las tres capitales aragonesas: